¿Qué obras protege el derecho de autor?

¿Eres escritor, escultor, músico, pintor o diseñador y cuentas con una creación única y original? Registramos tu obra ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR): obras literarias, musicales, dramáticas, de danza, pictóricas, escultóricas, caricaturas e historietas, arquitectónicas, cinematográficas y audiovisuales, programas de radio y televisión, software, fotográficas y de arte aplicado —incluido el diseño gráfico y textil.

Ventajas de registrar tu obra ante el INDAUTOR

  • Obtienes el reconocimiento legal como autor de tu obra
  • Derecho a divulgar, comunicar, transmitir y reproducir públicamente tu obra
  • Derecho a distribuirla y comercializarla
  • Derecho a oponerte a la deformación, mutilación o modificación que la perjudique
  • Posibilidad de impedir que un tercero la reproduzca, almacene, distribuya o comercialice sin tu autorización

¿El derecho de autor nace con el registro?

No. A diferencia de una marca, el derecho de autor nace en el momento mismo en que la obra es creada y fijada en un soporte material, sin necesidad de trámite alguno. Sin embargo, registrar tu obra ante el INDAUTOR te da una prueba pública y una fecha cierta de creación, lo que facilita enormemente acreditar tu autoría ante cualquier disputa, autoridad o tribunal.

¿Cuánto dura la protección?

En México, los derechos patrimoniales de autor duran toda la vida del autor más 100 años después de su muerte, conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor. Los derechos morales —como el reconocimiento de tu autoría— son perpetuos, inalienables e irrenunciables: nunca se pierden, incluso si cedes los derechos patrimoniales de explotación.

Preguntas frecuentes

¿Necesito registrar mi obra para tener derechos de autor?

No es obligatorio: el derecho nace con la creación de la obra. Pero registrarla ante el INDAUTOR te da una prueba pública y una fecha cierta que facilita enormemente demostrar tu autoría en caso de disputa.

¿Cuál es la diferencia entre derecho de autor y registro de marca?

El derecho de autor protege obras literarias, artísticas y creativas (un libro, una canción, un diseño gráfico). El registro de marca protege signos distintivos usados para identificar productos o servicios en el mercado (un nombre comercial o un logotipo). Muchas veces conviene proteger ambos: la obra creativa y la marca que la comercializa.

¿Qué tipo de obras puedo registrar?

Obras literarias, musicales, dramáticas, de danza, pictóricas o de dibujo, escultóricas, caricaturas e historietas, arquitectónicas, cinematográficas y audiovisuales, programas de radio y televisión, software, fotográficas y de arte aplicado, incluyendo diseño gráfico y textil.

¿Cuánto tiempo tarda el trámite ante el INDAUTOR?

Los tiempos varían según el tipo de obra y la carga de trabajo del INDAUTOR; te damos seguimiento puntual durante todo el proceso hasta la obtención de tu constancia de registro.

¿Qué pasa si alguien copia mi obra sin autorización?

Puedes exigir que deje de reproducirla, distribuirla o comercializarla, y en su caso iniciar las acciones legales correspondientes por la infracción a tus derechos de autor.

¿Listo para registrar tu obra?

Escríbenos y con gusto te asesoramos sin costo sobre el mejor camino a seguir.